HUELGA DE LOS TRABAJADORES DE METRO
MAÑANA PUEDES SER TÚ
La huelga de los trabajadores de Metro ha afectado a casi dos millones de viajeros, entre ellos multitud de alcalaínos que diariamente se desplazan a Madrid para trabajar.
Los medios de comunicación han dado especial relevancia a las molestias ocasionadas y al enfado de los viajeros que han sufrido estos paros. Sin embargo, poco se ha informado sobre las causas de la huelga y del motivo por el cual no se han realizado servicios mínimos durante los días 29 y 30 de Junio.
La Comunidad de Madrid y los representantes de los trabajadores de Metro de Madrid firmaron a primeros de Junio del 2009 el Convenio Colectivo válido desde el 2009 al 2012. Los Convenios Colectivos tienen rango de Ley.
La Comunidad de Madrid ha sacado un Decreto Ley por el cual quiere bajar un 5% los salarios de los trabajadores de las empresas y entes públicos de Metro, Canal de Isabel II, Mintra y Telemadrid. Argumenta que se acoge al Real Decreto Ley 8/2010 del Gobierno del Estado, por el cual se reduce un 5% el salario de los funcionarios, se congelan las pensiones y se paralizan las inversiones públicas que generan empleo.
En primer lugar, hay que decir que los trabajadores de Metro no son funcionarios, son personal contratado por una sociedad mercantil de gestión pública. Repito, no son funcionarios, no están sujetos al lamentable Real Decreto Ley 8/2010.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, ha reconocido que ha roto unilateralmente el Convenio Colectivo firmado con los trabajadores, el cual tiene rango de Ley.
Los Servicios Mínimos para Metro de Madrid no han sido negociados, han sido impuestos por la Comunidad de Madrid de forma unilateral y fijados en un 50%.
¿Cuál es la fuerza que ejerce la huelga si los trenes en lugar de pasar cada 4 minutos lo hacen cada 8 minutos? Ninguna, ninguna fuerza. Es necesario que la Comunidad de Madrid acceda a negociar unos servicios que realmente sean mínimos y que no quiten fuerza a la huelga, de no ser así obligan a los trabajadores a tomar duras medidas en legítima defensa de sus intereses.
Estimado lector, si la patronal rompiera tu Convenio Colectivo y te bajase un 5% tu salario ¿tú no te pondrías en huelga? ¿Cuánto eres capaz de aguantar antes de defender tus derechos?
La huelga es la herramienta más potente que tenemos los trabajadores para defender nuestros derechos, al ejercerla es inevitable generar molestias a terceros. Si paralizas una fábrica de tornillos también causas molestias al que vende el acero, al transportista, a la tienda que espera esos tornillos para venderlos… Hoy eres tú el perjudicado, pero piensa que mañana puedes ser tú el que se vea obligado a ir a la huelga ante los abusos de la patronal. Mañana puedes ser tú el que pare la producción, corte una calle y alce la voz para defender tu puesto de trabajo y el pan de tus hijos.
Los trabajadores de Metro están defendiendo sus derechos como hemos de defenderlos todos en nuestros centros de trabajo.
Dicen que cometen una ilegalidad al “incumplir los servicios mínimos” ¿Es legal imponer unos “servicios mínimos” abusivos? ¿Es legal romper un Convenio Colectivo y bajar el sueldo a los trabajadores? ¿Es legal que millones de trabajadores no puedan ejercer su derecho a vivienda y al trabajo? ¿Es legal que a un trabajador desempleado le quiten su vivienda al no poder pagarla y se la quede el banco, cuando ese trabajador perdió su empleo por culpa de la crisis generada por los bancos? ¿Vamos a seguir resignados, sentados frente al televisor para que nos diga lo que debemos pensar, o vamos a defender nuestros derechos e intereses de trabajadores? A ver si nos aclaramos.
David Cobo García
Responsable de Movimientos Sociales
Agrupación PCE – Alcalá de Henares
viernes, 9 de julio de 2010
La sentencia dice que Miwa fue agredido por "la única razón" de ser negro
Madrid, 8 jul (EFE).
La sentencia por la que Roberto Alonso ha sido condenado a 10 años de prisión por dejar tetrapléjico a Miwa Buene considera acreditado que "la única razón" de la agresión fue que éste "era una persona de raza negra africana y emigrante en España". Seguir leyendo el arículo
Foto y Vídeo relacionado La sentencia dice que Miwa fue agredido por "la única razón" de ser negro Ampliar fotografía "Puto negro, puto mono, tu sitio no está en este país", "tu sitio es el jardín zoológico con tus compañeros" son algunas de las frases que el tribunal ha considerado probado que fueron dichas por el condenado, que también deberá pagar 1.573.779 euros en concepto de indemnización a la víctima y para el pago de las costas del juicio.
El tribunal de la sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid ha explicado que la pena impuesta a Roberto, de 32 años, se trata de "un castigo individualizado" que debe ser "una oportunidad para que modifique la agresividad y la falta de humanidad que le ha llevado a cometer un daño tan grave a una persona inocente".
La sentencia considera como acreditado que en la mañana del 10 de febrero de 2007 Roberto, quien habitualmente no fuma, se dirigió a Miwa para pedirle tabaco y, tras contestar éste "educadamente" que no tenía, "con gran agresividad" le empezó a insultar.
Después, golpeó la zona inferior del lado izquierdo de la cara de Miwa, fracturándole de inmediato las vértebras C4, C5 y C6, lo que le provocó una tetraplejia inmediata.
El tribunal ha aplicado al acusado el artículo 149 del Código Penal, sobre delito de lesiones, que recoge de seis a doce años de prisión para aquel que cause a otro "la inutilidad de un órgano o miembro principal", y ello fue así porque, a juicio de los magistrados, "quien agrede a otro pretende ocasionar con su agresión el daño que precisamente constituye la lesión".
Sin embargo, la sentencia cuenta con el voto particular del magistrado Ramiro Ventura, que considera que se debería haber impuesto al acusado penas de cinco y tres años de prisión ante las "serias dudas" que se le plantean respecto a que éste hubiera previsto las graves consecuencias del golpe asestado a Miwa Buene.
En su voto particular, el magistrado explica que, por ello, no se le debería haber aplicado el delito de lesiones excepcionales del artículo 149 del Código Penal, que exige un ánimo específico de causar inutilidad y otros resultados lesivos.
La sentencia explica que se ha aplicado el agravante de racismo porque ha quedado acreditado que Miwa Buene pertenece a un colectivo que puede ser objeto de discriminación y que los "epítetos verbales" de Roberto "eran claramente indicativos del rechazo al colectivo al que pertenece éste por el único motivo de su color, su raza y condición social".
Sobre los agravantes de alevosía y abuso de superioridad, el texto manifiesta que queda probado que Miwa intentó darse la vuelta para evitar seguir discutiendo con Roberto y fue cuando éste le golpeó.
Aunque un testigo presencial dijo que los dos hombres estaban enfrentados, cara a cara, en el momento de la discusión y del golpe, los magistrados aseguran que "no es exacto" y consideran probado que en el momento del golpe Miwa "estaba marchándose o queriendo marcharse", es decir, que al recibir "el brutal golpe" que le fracturó las vértebras del cuello "no lo esperaba y en modo alguno pudo defenderse".
La sentencia asegura que no concurren en la acción de Roberto "ningún tipo de circunstancia atenuante" porque, por ejemplo, no haber bebido más de lo habitual, como el mismo procesado recordó en el juicio.
"La tetraplejia es una terrible condena del ser humano", reflexiona finalmente el fallo, que destaca que Miwa ha querido quitarse la vida por ello, y también hace referencia a que el condenado no pidió perdón a la víctima durante la vista oral celebrada el pasado mes de junio.
La sentencia por la que Roberto Alonso ha sido condenado a 10 años de prisión por dejar tetrapléjico a Miwa Buene considera acreditado que "la única razón" de la agresión fue que éste "era una persona de raza negra africana y emigrante en España". Seguir leyendo el arículo
Foto y Vídeo relacionado La sentencia dice que Miwa fue agredido por "la única razón" de ser negro Ampliar fotografía "Puto negro, puto mono, tu sitio no está en este país", "tu sitio es el jardín zoológico con tus compañeros" son algunas de las frases que el tribunal ha considerado probado que fueron dichas por el condenado, que también deberá pagar 1.573.779 euros en concepto de indemnización a la víctima y para el pago de las costas del juicio.
El tribunal de la sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid ha explicado que la pena impuesta a Roberto, de 32 años, se trata de "un castigo individualizado" que debe ser "una oportunidad para que modifique la agresividad y la falta de humanidad que le ha llevado a cometer un daño tan grave a una persona inocente".
La sentencia considera como acreditado que en la mañana del 10 de febrero de 2007 Roberto, quien habitualmente no fuma, se dirigió a Miwa para pedirle tabaco y, tras contestar éste "educadamente" que no tenía, "con gran agresividad" le empezó a insultar.
Después, golpeó la zona inferior del lado izquierdo de la cara de Miwa, fracturándole de inmediato las vértebras C4, C5 y C6, lo que le provocó una tetraplejia inmediata.
El tribunal ha aplicado al acusado el artículo 149 del Código Penal, sobre delito de lesiones, que recoge de seis a doce años de prisión para aquel que cause a otro "la inutilidad de un órgano o miembro principal", y ello fue así porque, a juicio de los magistrados, "quien agrede a otro pretende ocasionar con su agresión el daño que precisamente constituye la lesión".
Sin embargo, la sentencia cuenta con el voto particular del magistrado Ramiro Ventura, que considera que se debería haber impuesto al acusado penas de cinco y tres años de prisión ante las "serias dudas" que se le plantean respecto a que éste hubiera previsto las graves consecuencias del golpe asestado a Miwa Buene.
En su voto particular, el magistrado explica que, por ello, no se le debería haber aplicado el delito de lesiones excepcionales del artículo 149 del Código Penal, que exige un ánimo específico de causar inutilidad y otros resultados lesivos.
La sentencia explica que se ha aplicado el agravante de racismo porque ha quedado acreditado que Miwa Buene pertenece a un colectivo que puede ser objeto de discriminación y que los "epítetos verbales" de Roberto "eran claramente indicativos del rechazo al colectivo al que pertenece éste por el único motivo de su color, su raza y condición social".
Sobre los agravantes de alevosía y abuso de superioridad, el texto manifiesta que queda probado que Miwa intentó darse la vuelta para evitar seguir discutiendo con Roberto y fue cuando éste le golpeó.
Aunque un testigo presencial dijo que los dos hombres estaban enfrentados, cara a cara, en el momento de la discusión y del golpe, los magistrados aseguran que "no es exacto" y consideran probado que en el momento del golpe Miwa "estaba marchándose o queriendo marcharse", es decir, que al recibir "el brutal golpe" que le fracturó las vértebras del cuello "no lo esperaba y en modo alguno pudo defenderse".
La sentencia asegura que no concurren en la acción de Roberto "ningún tipo de circunstancia atenuante" porque, por ejemplo, no haber bebido más de lo habitual, como el mismo procesado recordó en el juicio.
"La tetraplejia es una terrible condena del ser humano", reflexiona finalmente el fallo, que destaca que Miwa ha querido quitarse la vida por ello, y también hace referencia a que el condenado no pidió perdón a la víctima durante la vista oral celebrada el pasado mes de junio.
miércoles, 7 de julio de 2010
La emisora RK20 acoge a la extrema derecha de Alcalá
Los lunes de 5 a 7 de la tarde en la emisora RK20 (107.7 FM, www.rk20.es), situada en Villalbilla pero que se recibe en Alcalá de Henares, se emite el programa "La voz de la conciencia" presentado por Gema Castaño. Antes del programa una grabación avisa que "RK20 no se hace responsable de las opiniones de este progrma". Y es que es un programa de difusión política de la extrema derecha de Alcalá de Henares
En el programa supuestamente colabora el partido Alternativa Española (AES, 118 votos -0,18%- en las elecciones europeas de 2009) y el partido España 2000. Ambos partidos lo anuncian en sus sitios web locales. Pero no colaboran, simplemente lanzan su propaganda política.
Se plantea como un programa de comentario de actualidad y el "colaborador" principal que se identifica como Pepe García expone el discurso político de AES, un partido ultraconservador defendiendo supuestamente ayudas a las familias pero en realidad es la repetición del dogma neoliberal de menos Estado y menos impuestos, y siempre con la imposición de lo católico y "lo tradicional".
Mientras, el otro "colaborador", Rafael Ripoll hace propaganda del ideario xenófobo y racista de su nuevo partido. Niegan que sean de extrema derecha y él simplemente se define como "patriota". Su partido se autodefine como patriotismo social (muy cerca del nacional-socialismo...)
Ambos comparten la islamofobia, la crítica a los nacionalismos (menos el español), la homofobia, el ataque a los sindicatos de clase y una actitud comprensiva con los empresarios ("porque también son trabajadores") y el discurso populista contra las instituciones y el gasto público.
Este programa es la continuación de otro anterior que dejó de emitirse a principios del año 2010, que se titulaba "El borde" y que era igualmente propagandístico de las ideas xenófobos y de extrema derecha.
En el programa supuestamente colabora el partido Alternativa Española (AES, 118 votos -0,18%- en las elecciones europeas de 2009) y el partido España 2000. Ambos partidos lo anuncian en sus sitios web locales. Pero no colaboran, simplemente lanzan su propaganda política.
Se plantea como un programa de comentario de actualidad y el "colaborador" principal que se identifica como Pepe García expone el discurso político de AES, un partido ultraconservador defendiendo supuestamente ayudas a las familias pero en realidad es la repetición del dogma neoliberal de menos Estado y menos impuestos, y siempre con la imposición de lo católico y "lo tradicional".
Mientras, el otro "colaborador", Rafael Ripoll hace propaganda del ideario xenófobo y racista de su nuevo partido. Niegan que sean de extrema derecha y él simplemente se define como "patriota". Su partido se autodefine como patriotismo social (muy cerca del nacional-socialismo...)
Ambos comparten la islamofobia, la crítica a los nacionalismos (menos el español), la homofobia, el ataque a los sindicatos de clase y una actitud comprensiva con los empresarios ("porque también son trabajadores") y el discurso populista contra las instituciones y el gasto público.
Ripoll es un activista reconocido de la extrema derecha alcalaína, primero con las siglas de Democracia Nacional, Alcalá Habitable y ahora con España 2000, que es una plataforma electoral de varios partidos de extrema derecha que a su vez tiene relaciones con otros partidos incluidos los neo-nazis de Movimiento Social Republicano. Su referente es el Frente Nacional francés de Jean Marie Le Pen. Su logo es copia del partido fascista italiano MSI, logo que también ha sido copiado por los neo-nazis del MSR.
Ripoll tiende a culpar de la situación de crisis y degradación a la inmigración. "Esta ciudad [Alcalá] no sólo está invadida por ratas, si no que está invadida por extranjeros de África y de Asia que han venido a nuestra ciudad a vivir de nuestros impuestos, a vivir de los que madrugamos, a vivir de los que trabajamos duro para mantener a nuestras familias y a esta ciudad " o sus referencias a la "Anti-España" son palabras suyas accesibles en internet.
Aparte de los "colaboradores" hay invitados a participar en el programa. En un alarde de pluralismo han invitado a representantes de UPyD o IU, pero también han dado los micrófonos para que propagen sus ideas al sindicato falangista UNT o a José Anglada, concejal xenófobo de Vic por Plataforma per Catalunya.
jueves, 1 de julio de 2010
Intervenciones de Julio Anguita en 59segundos
Es interesante que prestes atención a su discurso porque son 9 minutos cargados de argumentación para combatir la crisis capitalista.