Extracto de un artículo publicado por © Mario Izquierdo, 2008 (http://geologia.co.uk/paleopag/index.php)
" 2.3.1.4. Areas de interés arqueológico: El Término Municipal de Alcalá de Henares, a los efectos de su protección arqueológica, se divide en áreas de interés, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Area A: Es la que incluye zonas en las que está probada la existencia de restos arqueológicos de valor relevante, tanto si se trata de un área en posesión de una declaración a su favor como Bien de Interés Cultural de acuerdo como la Ley del Patrimonio Histórico Español, como si consta grafiada bajo esta denominación en el plano de calificación de áreas de interés arqueológico.
b) Area B: Es la que, aún cubriendo amplias zonas en las que está probada la existencia de restos arqueológicos, se requiere la verificación previa de su valor en relación con el destino urbanístico del terreno.
c) Area C: Es la que incluye zonas en las que la aparición de restos arqueológicos es muy probable, aunque estos puedan aparecer dañados o su ubicación no se pueda establecer con toda seguridad.
d) Area D: Es la que contiene zonas en las que se sospecha que los restos arqueológicos tienen menor importancia relativa, o su localización es simplemente conjeturable.
2.3.1.5. Localización de áreas. La georreferenciación de cada área viene reflejada en el plano de áreas de interés arqueológico. Para su mejor comprensión de las mismas, se definen previamente tres amplias franjas que dividen el municipio según sus limites y su estructura básica de comunicaciones, de norte a sur. Son las siguientes:
a) Franja Innite norte del términoferrovía. Se define un área C, delimitada por la carretera C-100 (a Daganzo), autovía N-ll, arroyo Camarmilla y camino de Talamanca (Hierro antiguo y necrópolis visigoda).
b) Franja ferrovía-antigua carretera N-ll. Toda esta superficie así localizada se define como un área D, excepto el enclave situado a ambos márgenes del arroyo Camarmilla con la profundidad indicada en planos, que es un área A en tanto que se trata de Bien de Interés Cultural (Zona Arqueológica Ciudad Romana de Complutum) incoado mediante Resolución de 24-10-88 por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la CAM (BOE 310 de 27-12-88). Paleolítico, calcolítico, celtibérico y romano.
c) Franja antigua carretera N-ll-río Henares. La superficie así delimitada se define como un área C, exceptuando las siguientes zonas:
— Un área A que consiste en un Bien de Interés Cultural (Zona Arqueológica Ciudad Romana de Complutum) incoado mediante Resolución de 24-10-88 por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la CAM (BOE 310 de 27-12-88).
Está delimitada según el plano de calificación de áreas de interés arqueológico. Calcolítico, celtibérico y romano.
— Un área A cuyo eje es el camino de los Afligidos (actualmente llamado Avda. de Lope de Figueroa) y que se extiende sobre una franja de 150 metros de cada lado de dicho camino, desde la Avenida de Juan de Austria hasta el Caz de Henares (Paleolítico, calcolítico, villa romana y necrópolis visigoda).
— Un área A que consiste en una parte de la Protección Arqueológica ElVal (yacimiento eneolítico de La Esgaravita, villa romana de El Val y Necrópolis de los Afligidos), Bien de Interés Cultural incoado por la Resolución de 24-10-88 por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la CAM (BOE 310 de 27-12-88).
— Un área B constituida por el Casco Histórico y cien metros alrededor del mismo (romano, medieval y moderno).
d) Franja río Henares-límite-surdel municipio. La superficie así delimitada constituye mayoritariamente un área A, constituida por la suma de dos zonas arqueológicas:
— Zona arqueológica «Ecce Homo» o de la «Vera Cruz» y «Alcalá la Vieja», Bien de Interés Cultural incoado mediante Resolución de 24-10-88 por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la CAM (BOE 310 de 27-12-88). (Paleolítico, Eneolítico, Edad del Bronce, Edad del Hierro, Romano y Medieval.)
— Yacimiento eneolítico de La Esgaravita, villa romana de El Val y Necrópolis de los Afligidos, Bien de Interés Cultural incoado por la Resolución de 24-10-88 por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultural de la CAM (BOE 310 de 27-12-88). Del eneolítico a la ocupación árabe. El resto de la franja está constituido por un área C.
e) Area B: La Magdalena-EI Encín. Restos paleolíticos, calcolíticos, celtibéricos, romanos (posiblemente una villa) y necrópolis visigoda. (Para la delimitación ver plano adjunto.)
f) Zona de El Barco. Clasificada como B. Restos calcolíticos, romanos (probablemente una villa) y necrópolis visigoda. (Zona delimitada en plano adjunto.)
g) Area B. El Grullo-La Galinda. Restos de época calcolítica. Edad del Bronce, segunda Edad del Hierro y Medieval árabe. (Para la delimitación ver plano adjunto.)
h) Area de Torote. Yacimiento calcolítico con abundantes estructuras de «fondos de cabana». Calificado como Area B. (Ver plano adjunto para su delimitación.)
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